Texto actualizado que incorpora las modificaciones introducidas por la Ley N°21.314, publicada en el Diario Oficial el 13 de abril de 2021, referente a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.
Contents
- 0.1 Ley de Sociedades Anónimas N° 18.046
- 0.2 Ley N° 21.276
- 0.3 Decreto Supremo N° 702 de 2011, del Ministerio de Hacienda
- 0.4 Ley N° 20.712
- 0.5 Ley N° 20.880
- 0.6 Ley N° 20.720
- 0.7 Ley N° 20.552
- 0.8 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero
- 0.9 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero – MK3
- 0.10 Ley N° 20.382
- 0.11 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero – MK2
- 0.12 Ley N° 20.108
- 0.13 Ley N° 19.913
- 0.14 Ley N° 19.769
- 0.15 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero
- 0.16 Ley N° 19.705
- 0.17 Ley N° 19.281
- 0.18 Ley N° 19.220
- 0.19 Ley N° 18.876
- 0.20 Ley General de Instituciones Financieras
- 0.21 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero: Decreto Supremo N° 1.334/1995, Ministerio de Hacienda
- 0.22 Decreto Supremo N° 955, de 2010, del Ministerio de Hacienda
- 0.23 Ley General de Instituciones Financieras: Decreto Supremo N° 734 del Ministerio de Hacienda (1991)
- 0.24 DS N°651
- 0.25 DS N°129
- 0.26 Decreto Supremo N° 120/1995 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- 0.27 Decreto Supremo N° 45 de 2013, del Ministerio de Economía
- 0.28 Ley General de Instituciones Financieras del Sistema
- 1 El control de las entidades financieras: ¿Quién lo tiene?
- 2 La ley que regula el sistema financiero en Argentina
- 3 Comisiones de confianza: ¿Cuáles son?
- 4 La ley Fintech en Chile: ¿Qué significa?
- 5 La ley que rige a los bancos en Chile
- 6 ¿Quién tiene acceso a tu cuenta bancaria?
Ley de Sociedades Anónimas N° 18.046
Texto actualizado que incorpora las modificaciones introducidas por la Ley N°21.314, publicada en el Diario Oficial el 13 de abril de 2021.
Ley N° 21.276
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero tiene como objetivo principal garantizar el correcto funcionamiento del Mercado Financiero en Chile. Esta ley, que fue modificada recientemente el 19 de octubre de 2020, busca proteger los intereses y derechos tanto de las instituciones financieras como de los usuarios.
Estas modificaciones realizadas a la ley buscan fortalecer la supervisión y regulación del sistema financiero chileno, con el fin de prevenir situaciones que puedan afectar su estabilidad y solidez. Además, se busca promover la transparencia en las operaciones financieras y fomentar una mayor competencia entre las instituciones.
Con estas reformas, se establecen normativas más estrictas para prevenir prácticas abusivas por parte de las entidades financieras y asegurar un trato justo hacia los consumidores. Asimismo, se refuerzan los mecanismos para detectar posibles riesgos sistémicos y se establecen sanciones más severas para aquellos que incumplan con sus obligaciones legales.
Decreto Supremo N° 702 de 2011, del Ministerio de Hacienda
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero es una normativa que regula y supervisa a las instituciones financieras en Chile. Esta ley establece los requisitos y obligaciones que deben cumplir estas entidades para operar en el sistema financiero del país.
El objetivo principal de esta ley es proteger los intereses de los usuarios y promover la estabilidad y transparencia en el sistema financiero. Para lograr esto, se establecen mecanismos de control, regulación y supervisión por parte de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).
Entre las principales disposiciones contempladas en esta ley se encuentran: la autorización previa para operar como institución financiera, la exigencia de un capital mínimo para garantizar solvencia, la implementación de políticas internas adecuadas para gestionar riesgos, la prohibición de prácticas abusivas hacia los clientes, entre otras.
Además, esta ley también establece sanciones por incumplimiento o infracciones a sus disposiciones. Estas sanciones pueden incluir multas económicas e incluso revocación o suspensión temporal del permiso para operar como entidad financiera.
Ley N° 20.712
En relación a la gestión de fondos de terceros y carteras individuales, es importante destacar que se han realizado modificaciones en virtud de la Ley 21.433, promulgada el 18/03/2022. Estas actualizaciones tienen como objetivo mejorar y fortalecer las disposiciones relacionadas con la administración de dichos fondos y carteras, brindando mayor seguridad y transparencia para los inversionistas en Chile.
Ley N° 20.880
Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.
Ley N° 20.720
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero tiene como objetivo simplificar el proceso de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales en Chile. Esta ley busca agilizar los trámites burocráticos y facilitar la creación y gestión de empresas en el país. Con esta medida, se espera fomentar el emprendimiento y promover un ambiente propicio para la actividad económica.
Ley N° 20.552
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero tiene como objetivo principal modernizar y promover la competencia en el sistema financiero chileno. Esta ley busca establecer un marco regulatorio sólido que fomente la transparencia, la eficiencia y la estabilidad en las instituciones financieras del país. Además, se enfoca en fortalecer los mecanismos de protección al consumidor y garantizar una mayor inclusión financiera para todos los ciudadanos. Con estas medidas, se espera impulsar el desarrollo económico y facilitar el acceso a servicios financieros de calidad para toda la población chilena.
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero establece claramente el sentido y alcance de las normas tributarias, así como la vigencia de las normas transitorias contenidas en la ley N° 19.768, que fueron modificadas por la ley N° 20.448. Esta legislación es fundamental para regular el funcionamiento y supervisión de las instituciones financieras en Chile.
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero – MK3
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero en Chile trae consigo una serie de modificaciones que abarcan aspectos relacionados con la liquidez, la innovación financiera y la integración del mercado de capitales. Estas reformas tienen como objetivo fortalecer el sistema financiero chileno y promover un entorno más dinámico y competitivo para los actores del sector.
Ley N° 20.382
Ley sobre Sistema de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros (actualizada con modificaciones de ley 20956 de 26/10/2016).
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero – MK2
Se implementan cambios en los aspectos tributarios e institucionales con el objetivo de promover la industria de capital de riesgo y continuar con la modernización del Mercado de Capitales. Estas modificaciones se encuentran actualizadas según lo establecido por la ley 20780, promulgada el 29/09/2014.
Ley N° 20.108
Regula a las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, incluye modificaciones por la entrada en vigencia de la Ley N° 21.197 del 03.02.2020
Ley N° 19.913
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero establece la creación de la Unidad de Análisis Financiero y realiza modificaciones en relación al lavado y blanqueo de activos. Esta ley ha sido actualizada con las modificaciones introducidas por la ley 20950, promulgada el 29/10/2016.
Ley N° 19.769
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero en Chile ha introducido importantes cambios para promover la flexibilidad en las inversiones de los Fondos Mutuos y Compañías de Seguro. Además, se ha establecido una Administradora General de Fondos con el objetivo de facilitar la gestión y administración eficiente de estos fondos. Asimismo, esta ley busca fomentar la internacionalización del sector bancario chileno, permitiendo a las entidades financieras expandir sus operaciones más allá de las fronteras nacionales. Por último, se han realizado mejoras en las leyes relacionadas con Sociedades Anónimas y Fondos de Inversiones para garantizar un marco legal sólido que promueva la transparencia y protección a los inversionistas. Estas medidas buscan fortalecer el sistema financiero chileno y fomentar un ambiente propicio para el crecimiento económico sostenible.
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero en Chile ha sido modificada para incluir cambios tributarios en el mercado de capitales y flexibilizar el mecanismo de ahorro voluntario. Estas adaptaciones tienen como objetivo mejorar las condiciones financieras y brindar mayores opciones a los ahorradores.
Ley N° 19.705
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero en Chile regula las Ofertas Públicas de Adquisición de Acciones (OPAS) y establece un régimen para los Gobiernos Corporativos. Esta ley tiene como objetivo principal proteger los intereses de los inversionistas y promover la transparencia en el mercado financiero. Además, busca fomentar buenas prácticas empresariales y fortalecer la gobernanza corporativa en las empresas chilenas. A través de esta legislación, se establecen normas claras y precisas que deben ser cumplidas por todas las instituciones financieras del país, con el fin de garantizar un entorno seguro y confiable para los inversionistas.
Ley N° 19.281
El arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa es un tema que ha sido actualizado mediante la ley 20720 del 09/01/2014. Esta ley trae consigo modificaciones importantes en relación a este tipo de contrato, brindando mayor protección y regulación para ambas partes involucradas. Es fundamental comprender estas modificaciones y cumplir con los requisitos legales establecidos para garantizar una transacción justa y segura.
Ley N° 19.220
Las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.158 no se incluyen en el presente texto en consideración a que, de conformidad a lo establecido en el artículo primero transitorio de esa ley, los cambios incorporados por su artículo 1° entrarán en vigencia el primer día hábil del décimo quinto mes siguiente al día de su publicación en el Diario Oficial.
Ley N° 18.876
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero regula el Depósito y Custodia de Valores, una actividad fundamental en el ámbito financiero. Esta ley ha sido actualizada recientemente con las modificaciones introducidas por la ley 20956, aprobada el 26 de octubre de 2016.
El objetivo principal de esta normativa es establecer los requisitos y obligaciones que deben cumplir las instituciones financieras encargadas del depósito y custodia de valores. Estas entidades tienen la responsabilidad de resguardar los activos financieros pertenecientes a sus clientes, garantizando su seguridad e integridad.
Entre las principales disposiciones contempladas en esta ley se encuentran aquellas relacionadas con la apertura y cierre de cuentas para depósito y custodia, así como también los procedimientos para realizar transferencias o movimientos entre dichas cuentas. Además, se establecen regulaciones específicas sobre la administración y control interno que deben implementar estas instituciones para asegurar un adecuado manejo de los valores bajo su custodia.
Es importante destacar que esta legislación busca promover la transparencia en las operaciones financieras, fomentando así la confianza tanto en los inversionistas como en el sistema financiero en general. Asimismo, se establecen sanciones para aquellos casos donde se detecte incumplimiento o irregularidades por parte de las instituciones encargadas del depósito y custodia.
Ley General de Instituciones Financieras
Estatuto General para las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, Artículo 21 (actualizada con modificaciones de ley 20950 de 29/11/2016).
Ley General de Instituciones del Sistema Financiero: Decreto Supremo N° 1.334/1995, Ministerio de Hacienda
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero tiene como objetivo regular las actividades y operaciones de las instituciones financieras en Chile. Esta ley establece los requisitos, normas y procedimientos que deben seguir estas instituciones para garantizar la estabilidad y solidez del sistema financiero.
En particular, esta ley regula aspectos relacionados con la constitución, organización, funcionamiento y supervisión de bancos, cooperativas de ahorro y crédito, compañías de seguros y otras entidades financieras. También se encarga de regular el acceso al mercado financiero, la protección al consumidor financiero y los mecanismos para prevenir el lavado de activos.
Además, esta ley establece las responsabilidades y obligaciones tanto para las instituciones financieras como para sus directores, ejecutivos y accionistas. Asimismo, define los criterios que deben cumplir estas entidades en términos de capital mínimo requerido e indicadores financieros.
Decreto Supremo N° 955, de 2010, del Ministerio de Hacienda
Se realiza una modificación al Decreto Supremo N° 734 de 1991, el cual aprueba las regulaciones referentes al Depósito de Valores.
Ley General de Instituciones Financieras: Decreto Supremo N° 734 del Ministerio de Hacienda (1991)
El Reglamento sobre Depósito de Valores es una normativa vigente en Chile que establece las disposiciones y regulaciones para la custodia y administración segura de valores financieros. Este reglamento ha sido actualizado hasta el mes de marzo del año 2011 e incluye las modificaciones realizadas a través del Decreto Supremo N°955 en el año anterior.
El objetivo principal del reglamento es proteger los derechos e intereses tanto de los emisores como inversionistas, garantizando la transparencia y seguridad en todas las operaciones relacionadas con los valores financieros depositados.
Este documento se encuentra disponible para consulta pública y su cumplimiento es obligatorio para todas las instituciones financieras que actúan como depositarias o intermediarios en la custodia y administración de estos activos.
Es importante destacar que este reglamento busca fortalecer la confianza en el sistema financiero chileno, promoviendo buenas prácticas y resguardando los derechos tanto individuales como colectivos dentro del ámbito económico.
DS N°651
El Reglamento del Artículo 9° transitorio de la Ley 20.712 (LUF), que fue publicado en el Diario Oficial el 16 de septiembre de 2014, establece las normas y regulaciones específicas relacionadas con este artículo. Estas disposiciones son aplicables en Chile y tienen como objetivo garantizar un adecuado funcionamiento del sistema financiero.
DS N°129
El Reglamento de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, que entró en vigor el 1° de mayo de 2014, establece las normas y regulaciones para la gestión adecuada de los fondos y carteras individuales.
Decreto Supremo N° 120/1995 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero es una normativa que regula el funcionamiento y las actividades de las instituciones financieras en Chile. Esta ley tiene como objetivo principal promover la estabilidad, transparencia y eficiencia del sistema financiero, así como proteger los derechos e intereses de los usuarios.
Dentro de esta ley se establecen disposiciones relacionadas con la constitución, organización y operación de bancos, cooperativas de ahorro y crédito, compañías financieras y otras entidades financieras autorizadas por el Banco Central. También se regulan aspectos como la supervisión prudencial, la gestión integral de riesgos, las sanciones por incumplimiento y los mecanismos para resolver conflictos entre las instituciones financieras y sus clientes.
Además, esta ley establece los requisitos que deben cumplir estas instituciones para obtener su autorización o licencia para operar en el sistema financiero chileno. Estos requisitos incluyen aspectos relacionados con el capital mínimo requerido, la idoneidad de los directores y ejecutivos principales, así como otros criterios prudenciales necesarios para garantizar una adecuada gestión financiera.
Decreto Supremo N° 45 de 2013, del Ministerio de Economía
Se aprueba el reglamento de la Ley N° 20.659, que tiene como objetivo simplificar el proceso de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales en Chile.
Ley General de Instituciones Financieras del Sistema
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero establece el texto consolidado, organizado y coordinado de la legislación bancaria y otros cuerpos legales relacionados.
El control de las entidades financieras: ¿Quién lo tiene?
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es una institución que forma parte del gobierno de México, específicamente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Su función principal es regular y supervisar las actividades financieras en el país. Esto incluye autorizar a los diferentes sectores y entidades que forman parte del sistema financiero, así como imponer sanciones en caso de incumplimiento.
El objetivo principal de la CNBV es proteger a los usuarios del sistema financiero, garantizando que las instituciones cumplan con todas las normativas establecidas para asegurar su estabilidad y transparencia. Además, busca promover un ambiente favorable para el desarrollo económico mediante la regulación adecuada.
La ley que regula el sistema financiero en Argentina
El Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) en Chile se compone de los siguientes órganos y autoridades:
1. Presidente de la República: Es el jefe del Estado y del Gobierno, responsable de dirigir la administración pública y representar al país tanto a nivel nacional como internacional.
2. Ministros de Estado: Son designados por el Presidente para encabezar los distintos ministerios que conforman el gobierno, siendo responsables de formular políticas públicas y ejecutar las leyes correspondientes a su área específica.
3. Subsecretarios: Son nombrados por los ministros para asistirlos en sus funciones y colaborar en la gestión administrativa de cada ministerio.
4. Intendentes Regionales: Son designados por el Presidente para representarlo en cada una de las regiones del país, coordinando las acciones gubernamentales a nivel local.
5. Gobernadores Provinciales: Nombrados por el Presidente, tienen como función principal supervisar la gestión gubernamental a nivel provincial y actuar como intermediarios entre los municipios y el gobierno central.
6. Secretarios Regionales Ministeriales (SEREMI): Designados por los ministros respectivos, son responsables de implementar las políticas públicas definidas a nivel regional dentro del ámbito competente de su cartera ministerial.
7. Superintendencias: Organismos autónomos encargados de fiscalizar e inspeccionar diferentes sectores económicos o servicios públicos con el fin garantizar su correcto funcionamiento según lo establecido en la ley.
8. Fuerzas Armadas: Comprenden al Ejército, Armada y Fuerza Aérea; están bajo dependencia directa del Presidente y tienen como misión principal resguardar la soberanía y seguridad del país.
9. Carabineros de Chile: Es una institución policial uniformada encargada de mantener el orden público, prevenir y perseguir los delitos, así como brindar protección a la ciudadanía.
10. Policía de Investigaciones (PDI): Es una policía civil encargada de investigar los delitos más complejos y apoyar en las labores investigativas a otras instituciones públicas.
Estos son algunos de los órganos y autoridades que conforman el Poder Ejecutivo Nacional en Chile, cada uno con funciones específicas para garantizar el correcto funcionamiento del Estado y velar por el bienestar de sus ciudadanos.
Comisiones de confianza: ¿Cuáles son?
La Comisión de Confianza es un mandato sin representación en el cual el comisionista se compromete a llevar a cabo, por cuenta y riesgo del comitente, un acto o negocio mercantil. En este tipo de relación, los bienes no se administran mediante la constitución de un Patrimonio Autónomo, sino que la administración se realiza en nombre del cliente.
1. Mandato sin representación: El comisionista actúa en nombre propio pero ejecuta el encargo del comitente.
2. Acto o negocio mercantil: La Comisión de Confianza involucra actividades comerciales.
3. Responsabilidad por cuenta y riesgo: El comisionista asume tanto los beneficios como los posibles perjuicios derivados del cumplimiento del encargo.
4. Administración sin Patrimonio Autónomo: No se crea una entidad separada para gestionar los bienes; estos son administrados directamente por el comisionista en nombre del cliente.
5. Relación fiduciaria: Existe una confianza entre ambas partes basada en la buena fe y lealtad contractual.
6. Obligaciones legales y contractuales: Tanto el comisionista como el comitente deben cumplir con las obligaciones establecidas legalmente y acordadas contractualmente.
7. Remuneración pactada: Se establece una compensación económica para el comisionista por su labor realizada.
8. Duración determinada o indeterminada: La duración puede ser fijada previamente o indefinida según lo acordado entre las partes.
9. Revocabilidad unilateral: El contrato puede ser cancelado por cualquiera de las partes en cualquier momento, siempre y cuando se cumplan con los términos establecidos.
10. Registro ante autoridades competentes: Dependiendo de la legislación vigente, puede ser necesario registrar el contrato de Comisión de Confianza ante las autoridades correspondientes.
Es importante tener en cuenta que esta lista describe características generales de la Comisión de Confianza y pueden existir variaciones o particularidades según la legislación específica del país.
La ley Fintech en Chile: ¿Qué significa?
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero tiene como objetivo principal establecer un conjunto de reglas y lineamientos generales para fomentar la oferta de servicios financieros a través de medios tecnológicos por parte de las entidades reguladas por esta ley. En otras palabras, busca promover el uso de la tecnología en el sector financiero, permitiendo que los proveedores puedan ofrecer sus servicios utilizando plataformas digitales.
Esta ley es especialmente relevante en la actualidad, ya que cada vez más personas utilizan dispositivos electrónicos y conexiones a internet para realizar transacciones financieras. Al incentivar a las instituciones financieras a adaptarse e innovar en este ámbito, se espera mejorar la accesibilidad y eficiencia de los servicios financieros para los usuarios.
La ley que rige a los bancos en Chile
El Decreto con Fuerza de Ley N° 3 de 1997, conocido como la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero en Chile, es una normativa que regula el funcionamiento y las actividades de los bancos y otras instituciones financieras en el país. Esta ley establece los requisitos para la creación y operación de estas entidades, así como también define sus responsabilidades y obligaciones.
En primer lugar, esta legislación establece los criterios que deben cumplir las instituciones financieras para obtener su autorización por parte del Banco Central de Chile. Estos criterios incluyen aspectos relacionados con la solvencia económica, capacidad técnica y experiencia profesional de los directores y ejecutivos principales. Además, se exige a estas entidades mantener un adecuado nivel patrimonial para garantizar la seguridad financiera tanto propia como de sus clientes.
Por otro lado, el DFL N° 3 también regula las operaciones que pueden realizar las instituciones financieras en Chile. Esto abarca desde captar depósitos hasta otorgar créditos o emitir tarjetas bancarias. Asimismo, se establecen límites a ciertas prácticas comerciales o inversiones riesgosas que puedan comprometer la estabilidad del sistema financiero.
P.S.: La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero tiene como objetivo principal proteger a los usuarios e inversionistas chilenos al regular rigurosamente el funcionamiento y las actividades realizadas por los bancos y otras entidades financieras en el país. De esta manera, se busca asegurar un sistema financiero sólido y confiable que contribuya al desarrollo económico nacional.
¿Quién tiene acceso a tu cuenta bancaria?
La Ley General de Instituciones del Sistema Financiero establece que la Policía tiene la facultad de llevar a cabo investigaciones y averiguaciones sobre datos bancarios sin necesidad de autorización judicial previa. Sin embargo, esta acción solo se puede realizar cuando dichas indagaciones representen una mínima intromisión en el derecho a la intimidad económica.
Es importante destacar que estas medidas están diseñadas para salvaguardar los intereses públicos y prevenir actividades ilícitas relacionadas con el sistema financiero. La Policía cuenta con las herramientas necesarias para llevar a cabo estas investigaciones, siempre respetando los límites establecidos por la ley.
P.S.: Es fundamental tener presente que estas acciones deben ser realizadas dentro del marco legal correspondiente y bajo estrictos controles para garantizar el respeto a los derechos individuales de privacidad económica.