Cuando se trata de la pensión alimenticia, es importante conocer los procedimientos adecuados para retener el 10% del salario. Este artículo te proporcionará información clave sobre cómo llevar a cabo este proceso sin problemas y asegurarte de cumplir con tus obligaciones legales. Asegúrate de seguir estos pasos cuidadosamente para evitar cualquier complicación en relación a la retención del 10% por concepto de pensión alimenticia.
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ALERTA EN LA CORTE DE ANTOFAGASTA
Después de que el gobierno estableció las condiciones para retener el 10% de los deudores de pensiones alimenticias, C.G. decidió solicitar estos fondos a su ex pareja. Sin embargo, cuando realizó los trámites correspondientes, se dio cuenta de que llegaba tarde: su ex pareja ya había recibido gran parte del dinero, incluso después de haberse dictado una medida cautelar al respecto. Ante esta situación, en enero pasado C.G. presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta contra la AFP Capital. Durante este proceso judicial se reveló el impacto que tuvo el oficio emitido por la Superintendencia de Pensiones en este caso específico.
En efecto, el 3 de agosto de 2020, la Corte de Apelaciones envió a todas las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) una lista con los nombres de las personas involucradas en casos judiciales relacionados con pensiones alimenticias. Esto se hizo apenas cuatro días después del inicio del período para solicitar el primer retiro del 10%.
La Comisión Administradora del Sistema de Pensiones (CAPJ) acordó con las AFP que, si un miembro de la lista solicita sus fondos, se le depositará después de diez días hábiles, que es el plazo máximo establecido por ley para el primer retiro del 10%. Esto permite a ex parejas o hijos tener tiempo suficiente para obtener una medida judicial que detenga la transferencia al deudor. Si no se recibe ninguna orden cautelar durante este período, el pago correspondiente se realizará en el décimo día.
No obstante, en lugar de demorar el pago por el máximo del plazo legal, algunas AFP erróneamente comenzaron a informar a cientos de solicitantes que su pago del 10% ya estaba retenido por una medida cautelar judicial originada por deuda de alimentos. Entonces vino el oficio de la Superintendencia de Pensiones.
Sin embargo, en lugar de instruir a las AFP para que utilicen correctamente la lista y pospongan el pago hasta el último día permitido por ley, el oficio simplemente anuló la lista. La orden fue clara: “Dejar de utilizar la información contenida en el archivo proporcionado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial”.
De esta manera, se logró una importante apertura para aquellos padres que no tenían asuntos pendientes en cuanto a la pensión alimenticia. Al mismo tiempo, se eliminó la medida que buscaba dar más tiempo a las ex parejas e hijos de los deudores.
En el caso de C.G., quien presentó una demanda, la Corte de Antofagasta solicitó un informe a la Superintendencia de Pensiones. Dicho informe fue enviado el 5 de marzo de 2021 y en él se indicaba que AFP Capital había realizado los pagos correspondientes a los Fondos de Pensiones, a pesar de que el afiliado estaba incluido en la lista emitida por los Tribunales de Justicia como posible moroso por pensión alimenticia. Esta situación va en contra de las instrucciones establecidas.
La AFP Capital presentó un documento ante la corte en respuesta a un informe, donde se menciona que el superintendente Macías instruyó específicamente dejar de utilizar la información de posibles deudores. Según la administradora, esto justifica el hecho de que hayan pagado una cuota del retiro del 10% antes de cumplirse el plazo máximo legal a la ex pareja de C.G., ya que actuaron siguiendo las instrucciones de la superintendencia.
El documento que anuló la lista de posibles deudores fue enviado a todos los directores generales de las administradoras de fondos de pensiones (Capital, Cuprum, Habitat, Modelo, Planvital, Provida y Uno).
¿Cómo ahorrar 10 para la pensión?
– Busca y selecciona el trámite “Retención judicial del retiro del 10% de la AFP”.
– Completa todos los campos solicitados en el formulario.
– Adjunta los documentos requeridos según las indicaciones proporcionadas.
– Verifica que hayas ingresado correctamente toda la información necesaria.
– Envía tu solicitud para su procesamiento por parte de las autoridades competentes.
Recuerda seguir cada paso detalladamente para asegurarte de realizar correctamente el trámite.
“INFORMACIÓN CONFUSA”
La Superintendencia de Pensiones decidió dejar de utilizar el listado enviado por la CAPJ con el fin de evitar confusiones en la entrega de información a los afiliados. Según este organismo público, gracias a esta medida se logró tramitar más de 300.000 medidas cautelares en un plazo máximo de 10 días hábiles, lo que permitió a las AFP retener los fondos solicitados por los deudores y asegurar así el pago de las pensiones alimenticias adeudadas.
No obstante, hasta el momento ninguna de las instituciones involucradas en este asunto, tanto del sector público como privado, ha revelado la cantidad de personas que se encontraban en esta lista de posibles incumplidores y que recibieron su 10%.
CIPER contactó a la Corporación Administrativa del Poder Judicial para obtener información sobre este tema. Según ellos, esta información es manejada por las AFP.
Se consultó a todas las AFPs y solo dos de ellas respondieron de manera general. Provida indicó que solo se realizan pagos a aquellos afiliados que están incluidos en la lista de posibles deudores enviada por el Poder Judicial, siempre y cuando no tengan una orden judicial o autodeclaración como deudores alimentarios. Sin una orden judicial o autodeclaración, Provida no tiene autorización para retener fondos por concepto de pensión alimenticia. Por su parte, AFP Capital aseguró que han realizado correctamente los pagos en los casos donde existen órdenes emitidas por los tribunales familiares.
AFP Modelo dijo que no participaría de este artículo, mientras que Cuprum, Habitat, Uno y Planvital no respondieron los correos con las preguntas enviadas.
La Asociación de AFP no respondió a las preguntas realizadas por CIPER. Por su parte, la Superintendencia de Pensiones afirmó que todas las personas incluidas en la lista proporcionada por la CAPJ y que no tenían medidas cautelares vigentes recibieron su pago correspondiente.
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Según la ley de pensión alimenticia en Chile, cuando una persona tiene una deuda pendiente por concepto de pensión alimenticia y se acerca a la edad legal para jubilarse, existen ciertos porcentajes establecidos que pueden ser retenidos de sus fondos acumulados. Si la persona está a 15 años o menos de cumplir la edad legal para jubilar, se puede retener el 50% de los fondos acumulados en su cuenta individual obligatoria de AFP (Administradora del Fondo de Pensiones). Por otro lado, si la persona está a más de 15 años pero menos de 30 años antes del momento en que pueda jubilarse, se puede retener el 80% de los fondos acumulados.
Descuento de la pensión alimenticia: ¿Cómo se realiza?
Según el Código Civil Federal de Chile, la pensión alimenticia es un porcentaje mínimo que se establece para ayudar a cubrir los gastos de los hijos cuando sus padres no están juntos. Este porcentaje debe ser al menos del 15% del ingreso del padre o madre que no tiene la custodia de los menores. Sin embargo, este caso solo aplica si el responsable cuenta con un empleo.
La pensión alimenticia es una obligación legal que busca garantizar el bienestar y desarrollo adecuado de los hijos en situaciones donde sus padres viven separados. El monto mínimo establecido por ley es del 15% del ingreso mensual del padre o madre no custodio, siempre y cuando tenga un empleo. Esta cantidad se destina a cubrir necesidades básicas como alimentación, educación y salud.
Es importante tener en cuenta que esta cifra mínima puede variar dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso. En algunas situaciones especiales, como enfermedades crónicas o discapacidades, puede ser necesario solicitar una modificación al tribunal para ajustar el monto de la pensión según las necesidades específicas del menor.
Sin trabajo y con pensión alimenticia, ¿qué hacer?
Si te encuentras en la situación de tener que pagar una pensión alimenticia y has perdido tu trabajo, has sido declarado inválido, tus ingresos han disminuido o has formado una nueva familia, tienes el derecho de solicitar a través de una demanda que se modifique y reduzca el monto de la pensión alimenticia actual.
Para hacer esto, debes presentar ante un tribunal competente una solicitud donde expongas los motivos por los cuales necesitas modificar la pensión. Es importante contar con pruebas como documentos laborales, médicos o financieros que respalden tu situación.
El tribunal evaluará las pruebas presentadas y tomará en consideración factores como tus ingresos actuales, gastos fijos y otras obligaciones económicas para determinar si procede rebajar el monto de la pensión. Es fundamental seguir todos los pasos legales correspondientes y contar con asesoría legal para asegurarte de cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley.
Cálculo de la pensión en la nómina
Para calcular la pensión alimenticia, se debe realizar una contribución del 10% sobre el salario mensual. Esta contribución se divide en un aporte del 7% por parte del empleador y un descuento del 3% al empleado.
Es importante tener en cuenta que este porcentaje puede variar dependiendo de la legislación vigente y los acuerdos establecidos entre las partes involucradas.
1. Verificar la legislación: Es fundamental conocer las leyes y regulaciones relacionadas con la pensión alimenticia en Chile para asegurarse de cumplir con los requisitos legales.
2. Comunicarse con el empleador: Es necesario informar al empleador sobre la situación de pensión alimenticia y proporcionar toda la documentación necesaria para que realicen correctamente los descuentos correspondientes.
3. Mantener registros actualizados: Tanto el empleado como el empleador deben mantener registros precisos y actualizados de todos los pagos realizados o recibidos relacionados con la pensión alimenticia.
4. Establecer acuerdos claros: Siempre es recomendable contar con un acuerdo claro entre ambas partes involucradas, donde se especifiquen las condiciones exactas de pago y cualquier otro detalle relevante.
5. Cumplir puntualmente: Tanto el empleado como el empleador deben cumplir puntualmente con sus obligaciones respecto a los pagos de pensiones alimenticias acordados.
6. Solicitar asesoría legal si es necesario: En caso de dudas o situaciones complicadas, es recomendable buscar asesoramiento legal especializado para garantizar que todo se realice correctamente según lo establecido por ley.
7. Mantener una comunicación abierta: Es importante mantener una comunicación fluida y abierta entre ambas partes para resolver cualquier problema o inconveniente que pueda surgir en relación a la pensión alimenticia.
8. Actualizar los montos de acuerdo a cambios legales: Si hay modificaciones en las leyes relacionadas con la pensión alimenticia, es necesario ajustar los montos correspondientes de acuerdo a dichos cambios.
9. Realizar seguimiento periódico: Tanto el empleado como el empleador deben realizar un seguimiento periódico de los pagos realizados y recibidos, asegurándose de que todo esté en orden y cumpliendo con lo acordado.
10. Resolver conflictos amistosamente: En caso de surgir algún conflicto o desacuerdo relacionado con la pensión alimenticia, se recomienda intentar resolverlo amistosamente antes de recurrir a instancias legales más formales.
Recuerda siempre consultar con un profesional especializado para obtener asesoramiento personalizado sobre tu situación particular respecto a la retención del 10% por pensión alimenticia en Chile.
¿Cómo solicitar el certificado de Deudores alimentarios?
Para retener el 10% por pensión alimenticia, es importante seguir los siguientes pasos:
2. Una vez obtenido el certificado, asegúrate de tener todos los documentos necesarios para realizar la retención del 10%. Esto incluye copias de la sentencia judicial que establece la pensión alimenticia y cualquier otro documento relacionado.
3. Comunícate con tu empleador o entidad pagadora para informarles sobre la situación y proporcionarles una copia del certificado de Libre Deuda Alimentaria.
4. Si eres trabajador dependiente, tu empleador deberá realizar automáticamente la retención del 10% por concepto de pensión alimenticia en cada pago salarial.
5. En caso de ser trabajador independiente o no contar con un empleador, deberás hacer tú mismo la retención mensualmente y depositarla en una cuenta bancaria específica para este fin.
6. Recuerda llevar un registro detallado de todas las retenciones realizadas, así como los comprobantes correspondientes.
7. Es importante cumplir puntualmente con las obligaciones establecidas por ley respecto a la retención y pago de pensiones alimenticias para evitar sanciones legales adicionales.
8. Mantente actualizado sobre posibles cambios legislativos relacionados con las pensiones alimenticias y ajusta tus procedimientos según sea necesario.
9. Si tienes dudas o dificultades durante el proceso, busca asesoramiento legal especializado para garantizar que estés cumpliendo correctamente con tus obligaciones legales.
Recuerda que retener el 10% por pensión alimenticia es una responsabilidad legal importante y contribuye al bienestar de los hijos o dependientes económicos involucrados.